viernes, 28 de noviembre de 2014

RESUMEN REUNIÓN COMITÉ EMPRESA CARREFOUR PONFERRADA 25/11/2014

Desde la Sección sindical UGT Carrefour Ponferrada os informamos de los puntos tratados en la Reunión:

1.-Navidad 2014:

-La copa de navidad se celebrará el 22 de diciembre,en el mismo lugar de siempre(almacén alimentación).
-Se trató el punto del cierre del 24 y 31 de diciembre a lo que la Empresa nos respondió que será como en años anteriores,a las 20:00h.
-El cierre del día 5 de enero del 2015,la noche de Reyes también se seguirá cerrando a las 24:00h.El personal que quede para el cierre será de manera voluntaria y remunerado como el año anterior.
-También en este apartado se trataron los puntos sobre la cena y la cesta de navidad.

2.-Inventario General:

- Hemos indicado a la Empresa que sobre el último precedente en el inventario general, en el cual se salió a las seis de la tarde, hubo falta de personal y de organización.Esperamos que en próximos inventarios no se alarguen tanto y si así ocurriera, habría que hacer una parada para comer.
-También se habló sobre los días de libranza de dicho inventario,ya que en algunos casos a la hora de librar en algunas secciones no se dieron los sábados cuando los descansos iban seguidos.La Empresa ve bien que vayan seguidos los días de libranza siempre y cuando no coincidan varios descansos a la vez.
La Empresa también hizo referencia a que se cogieran los descansos a poder ser en lo que queda de año, pudiendo librarse al siguiente año de forma consensuada.

3.-Entrega de calendario 1er. trimestre 2015.

-En este punto la Empresa nos responde que se entregarán en la semana del 15 de diciembre.Nos informan que el programa para confeccionar los horarios es diferente, más automatizado.Desde UGT estaremos expectantes ante posibles errores del sistema.
-Ante la pregunta por parte nuestra sobre el Art. 41 ( horarios 6/5 ) que caducaba el 31/12/14 la Empresa nos indica que dependen de lo que acuerden de manera colectiva.( Fetico y Carrefour ).

4.-Cajas:

-Tratamos con la Empresa el tema sobre los trabajadores que tienen los sábados a jornada partida y que son de fuera de Ponferrada se les acotara el tiempo de espera entre turnos,mínimo dos horas y no tres o más. A lo que la Empresa nos respondió que lo mirarían con el responsable de cajas.
-También se trató el tema del tiempo que se hace a mayores por diferentes motivos, atención a un cliente,precio,tarjeta, cualquier improvisto de última hora, que hace que se alargue la salida, y pensamos que hay que apuntárselo al trabajador.La Empresa nos da la razón e indica que hay que anotar ese tiempo.

5.-Botas de seguridad:

-Le comunicamos a la Empresa que nos informe los pasos a seguir en el caso de que algún trabajador necesite un calzado especial.La Empresa nos responde que se debe hablar con RRHH.Indicándonos que sería imprescindible un informe médico.
También se le indicó a la Empresa la muy mala calidad de las botas,a lo que la Empresa nos respondió que pasaría informe a Prevención.Tema que hemos tratado en todas las reuniones y esto no evoluciona.

6.-Reactividad

-Se informó a la Empresa que cuando se reactiva el plan de cajas se haga de manera inversa ayudando a secciones más necesitadas, sobre todo, se hizo referencia al departamento de textil, sobre todo, en el turno de tarde. La Empresa una vez expuesto el tema nos responde que lo ve muy coherente y que procurará que se haga. Esteramos también alerta para que así sea.

7.-Refuerzos en tienda y cajas.

-Pedimos información sobre los refuerzo o incorporaciones en la tienda o cajas, ya que en varias secciones el personal es muy ajustado.La Empresa nos responde que de cara a navidad se incorporarán efectivos y que serán más o menos en todas las secciones. Esperamos que sean para la navidad y algunas incorporaciones puedan prolongarse en las secciones que más justos estén de personal.

8.-Otros puntos tratados fueron:

-Tickets gasolinera , céntimo sanitario.
-Objetivos de venta.
-Material de limpieza en panadería y snack.
-Máquina elevadora manual de bazar.
-Reforma en la sala de relax.

CUALQUIER ACLARACIÓN PREGUNTADNOS A LOS DELEGADOS DE UGT,ESTAREMOS ENCANTADOS DE ATENDEROS.

lunes, 6 de octubre de 2014

Fasga y Fetico consiguen que la patronal ANGED no tenga que pagar el 1,53% que adeuda a sus trabajadores

Corría el mes de septiembre del año 2012 cuando los trabajadores y trabajadoras de grandes almacenes veíamos como la justicia nos devolvía lo que se nos quitaba, con la sentencia de la Audiencia Nacional que reconocía lo que desde nuestra organización demandábamos, el fraude cometido en el incremento salarial fijado para el año 2012.
El incremento salarial en cuestión, fijado por la Comisión Mixta del Convenio Colectivo anterior (esto es, los firmantes del convenio, ANGED, Fasga y Fetico) quedó establecido en un 1,3%, una cantidad muy inferior a la que reconocía el propio Convenio Colectivo, acordando dicha cantidad de manera consciente de que así realizaban una nueva rebaja salarial. Y lo que es más grave, manipulando burdamente lo que ellos mismos habían firmado.
En ese preciso instante desde UGT ya señalamos y denunciamos el incumplimiento que se estaba llevando a cabo y, lejos de rectificar, los firmantes siguieron adelante. Como veían muy posible que la justicia les obligara a rectificar, urdieron una trama que revistiera de legalidad lo que era un abuso, así, en vísperas del juicio, se nos convocó a toda la mesa negociadora bajo excusa de constituir la mesa negociadora del nuevo convenio Colectivo.
Y allí, tras la convocatoria formal que establece la ley para poder llevar a cabo una modificación de ese calado, la ANGED y sus aliados firmaron con premura esa rebaja salarial. La justicia reconoció el engaño y nos dio la razón.
Ahora, dos años después, ya en vigor un nuevo Convenio Colectivo, nos llega de nuevo el desaliento. El recurso, que Fasga primero y luego Fetico, interpusieron ante el Tribunal Supremo para que las empresas de Grandes Almacenes no tuvieran que pagar lo que debían a sus plantillas, ha resuelto a su favor. Y es que lo justo no siempre va de la mano de lo legal.
Los trabajadores y trabajadoras de grandes almacenes merecemos una negociación colectiva seria, responsable y de calidad, tal como disfrutan el resto del sectores económicos del país, y no que nuestros derechos puedan verse expoliados en cualquier momento a voluntad de las empresas y sus “ayudantes sindicales”, por eso, la importancia de los procesos electorales.
Tú decides con tu voto, no lo olvides.

lunes, 22 de septiembre de 2014

CALENDARIO DE FIESTAS LABORALES (AÑO 2015)

El BOCyL de 1 de septiembre de 2014, por el que se establece el siguiente CALENDARIO DE FIESTAS LABORALES en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el AÑO 2015.
Día 1 de Enero Año nuevo.
Día 6 de Enero Epifanía del Señor.
Día 2 de Abril Jueves Santo (Semana Santa).
Día 3 de Abril Viernes Santo (Semana Santa).
Día 23 de Abril Fiesta de la CC.AA.
Día 1 de Mayo Fiesta del Trabajo.
Día 15 de Agosto Asunción de la Virgen.
Día 12 de Octubre Fiesta Nacional España
Día 2 de Noviembre Todos los Santos (por traslado día 1).
Día 7 de Diciembre Constitución Española (por traslado día 6).
Día 8 de Diciembre Inmaculada Concepción.
Día 25 de Diciembre Natividad del Señor.
QUEDAN PENDIENTES LOS FESTIVOS LOCALES
¡¡¡¡¡ Seguiremos Informando !!!!!!

miércoles, 13 de agosto de 2014

Firmado el acuerdo de proceso electoral de grandes almacenes y fijado el calendario.

Ya se conocen las fechas definitivas y calendario del macro-proceso electoral que tendrá lugar el próximo otoño en el sector de grandes almacenes.

  En el día de ayer, y sólo con unas horas de antelación, recibíamos notificación de convocatoria a la reunión que iba a marcar la hoja de ruta del proceso en cuestión. 

La premura de esa convocatoria tenía una clara finalidad. Dado que como organización democrática que somos, realizamos las consultas oportunas en nuestro interno, para que los delegados y delegadas se manifiesten sobre el tema en cuestión, el poco margen de tiempo desde que nos convocan no tiene otro fin que el excluirnos de la participación en una negociación ficticia donde todo está cerrado con antelación entre Fasga y Fetico. 

De esta forma, hoy, esas organizaciones procedían a la firma de dos acuerdos, uno para el todo el sector de grandes almacenes y otro que afectaría sólo a la empresa Carrefour, así como al establecimiento de sendos calendarios electorales. 

La presentación del preaviso se realizará el próximo lunes 18 de agosto, tres meses antes de la fecha fijada para la votación de la plantilla del sector, 18 de noviembre, (salvo para la empresa Carrefour cuya fecha fijada para la votación ha quedado señalada para el 21 de noviembre) iniciándose el periodo electoral, con la constitución de las mesas electorales el próximo 21 de octubre. 

El oscurantismo de los amarillos vuelve a ponerse de manifiesto una vez más, intentando manejar los hilos de la vida laboral de miles de trabajadores y trabajadoras como si de auténticas marionetas se tratara, sin dejar que sean los propios afectados los que con libertad decidan cual es el tipo de entorno laboral que quieren y trapicheando con algo tan importante como son los procesos electorales de los centros de trabajo donde se decide quién representa a las plantillas del sector y quienes van a ser los negociadores de las condiciones laborales de más de 250.000 personas. Mientras otros olvidan su responsabilidad o juegan con ella la UGT la ejerce y nuestra actividad sindical diaria en todos los sectores de la sociedad así lo avala. 

Desde UGT lamentamos que esas organizaciones hagan suyo el dicho de “divide y vencerás” cuando, sobre todo en los tiempos que corren, sólo la participación y unión de todos puede tener sentido. 

SEGUIREMOS INFORMANDO!!!

jueves, 31 de julio de 2014

Siete novedades que debe tener en cuenta si coge una baja laboral

NUEVA LEY DE MUTUAS E INCAPACIDAD TEMPORAL

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto de gestión de la incapacidad temporal en el primer año de duración y el proyecto de ley de mutuas. Esta medida supone novedades en la práctica si usted coge una baja médica por enfermedad común. A continuación, todas las claves de la reforma.



1-El médico de la Seguridad Social sigue teniendo la última palabra en el alta
La nueva ley respeta que sean siempre los facultativos de los Servicios Públicos de Salud (SPS) o de la Seguridad Social (INSS) quienes tengan la última palabra para dar el alta médica a los trabajadores y que estos se incorporen a su puesto de trabajo, una vez restablecidos. En un principio, el Ejecutivo barajó la posibilidad de que las mutuas pudieran dar el alta, pero lo han descartado finalmente.
2- Los trabajadores no tendrán que ir cada 7 días a por el parte
Los empleados de baja médica ya no tendrán que desplazarse a su centro de salud cada siete días para recoger sus partes como se hacía hasta ahora.
Con la nueva ley los partes de baja se justarán a la previsión del seguimiento clínico. Es decir, con la nueva ley los médicos dispondrán de tablas orientativas de duración estándar de las bajas según las patologías del trabajador, su edad y su actividad laboral. Así la baja mínima será de cinco días y en este caso se podrá expedir el parte de baja y alta en la misma visita.
Si la duración de la incapacidad temporal (IT) se estima en entre cinco y 30 días, el parte de confirmación de la baja deberá expedirse cada dos semanas; si el proceso está previsto que dure entre 31 y 60 días, el parte de confirmación se dará cada 28 días, y en enfermedades de larga duración, de más de 61 días, la confirmación de la baja se expedirá cada 35 días.
3- Las mutuas pueden sugerir a la Seguridad Social el alta de un trabajador
Las mutuas a partir de este momento cuando consideren que el beneficiario de la baja puede no estar impedido para el trabajo podrá hacer propuestas motivadas de alta médica dirigidas a la inspección médica de los Servicios Públicos de Salud.
La inspección médica de los SPS deberá comunicar a la mutua y al INSS en un plazo de 5 días hábiles la emisión del alta de un trabajador o su denegación. Si el SPS desestima la propuesta de alta de la mutua o no contesta en forma y plazo, la mutua podrá solicitar el alta al INSS, que deberá contestar en 4 días.
Se establece un régimen transitorio en cuanto a los plazos de contestación durante los 6 meses posteriores a la entrada en vigor, a la espera de que la ley de mutuas termine su tramitación parlamentaria y entre en vigor. En este periodo, en el caso de los SPS será de 11 días, y en el del INSS serán 8.
4- Las mutuas podrán controlar a las personas de baja desde el primer día
Las mutuas podrán actuar desde el primer día de la baja laboral, hasta ahora sólo podían intervenir a partir del decimosexto día. Esta nueva norma amplía el papel de control e inspección de las mutuas y, según el Ejecutivo, su objetivo es reducir el fraude y el absentismo.
5- ¿Qué pasa si un trabajador no acude a un reconocimiento médico?
Además, de acuerdo con lo aprobado en los presupuestos generales del Estado de 2014, se regula la posibilidad de suspender la prestación cautelarmente cuando el trabajador no se presente a un reconocimiento médico.
Si en el plazo de 4 días el trabajador no ha justificado debidamente su ausencia se extinguirá la situación de incapacidad temporal.
De esta forma, si la ausencia ha sido por causa justificada no se extingue automáticamente la prestación como ocurría antes de la modificación.
6- Se simplifican las bajas para los autónomos
La ley de mutuas simplifica los trámites para el acceso a la prestación por cese en la actividad por la que cotizan los trabajadores autónomos.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, destaco ayer que el 80% de las peticiones se rechazaba por ser un sistema muy rígido y ser difícil de justificar las pérdidas. El Ejecutivo espera que el nuevo marco regulatorio facilite las bajas de los autónomos.
7- Las empresas podrán aplicarse antes las deducciones por incapacidad temporal
La norma establece la obligatoriedad de hacer constar en los partes de baja la duración probable de la incapacidad temporal y la fecha del nuevo reconocimiento médico. Además, diariamente los partes de baja y alta se transmitirán telemáticamente desde los servicios públicos de salud al INSS y de éste a las mutuas cuando éstas sean responsables de la protección del trabajador. Este proceso permitirá que las empresas, desde el primer momento, puedan controlar las deducciones que se hacen de las prestaciones por incapacidad temporal al ingresar las cuotas de la Seguridad Social.
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Noticia original: DIARIO EXPANSIÓN 19.07.2014

martes, 15 de julio de 2014

Ponferrada tendrá libertad horaria del 31 de Agosto al 5 de Octubre.

Era algo que todos conocíamos, pero que aún no se había confirmado de manera oficial: Ponferrada tendrá libertad de horarios desde el día 31 de Agosto hasta el 5 de Octubre. Por la parte que a nosotros nos toca, esto implica que trabajaremos 5 domingos y un festivo a mayores de los 13 programados a principios de año (entre los que esta el Domingo 7 de Septiembre):
- 31 de Agosto
- 9 de Septiembre (Encinina)
- 14 de Septiembre
- 21 de Septiembre
- 28 de Septiembre
- 5 de Octubre

Respecto al día de la Encina, 8 de Septiembre, en principio el CC El Rosal, junto con el hipermercado de Carrefour, harán una excepción a esta norma y ambos permanecerán cerrados, aunque aún no hemos recibido una confirmación a este supuesto.

Desde la sección sindical de UGT en Carrefour Ponferrada criticamos esta medida, al considerarla totalmente desproporcionada, ya que el Mundial de Ciclismo Ponferrada 2014, solamente durará una semana, del 20 al 28 de Septiembre, mientras que la declaración de Gran Afluencia Turística tendrá una vigencia de 36 días.


Por otro lado, aprovechamos también para "agradecerle" a las organizaciones pseudo-sindicales FASGA y FETICO por firmar con la patronal de Grandes Almacenes el nefasto convenio que rige actualmente, mediante el cual trabajaremos estos festivos sin recibir un euro a cambio.
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jueves, 3 de julio de 2014

Manifiesto en defensa del Derecho de Huelga y de la Libertad Sindical


La Constitución Española configura la huelga como uno de los derechos fundamentales en los que se asienta nuestro Estado social y democrático de derecho; goza del máximo nivel de garantías y vincula a todos los poderes públicos.

El reconocimiento de este derecho de los trabajadores para la defensa de sus intereses no es exclusivo de nuestro ordenamiento jurídico.

La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea lo incluye expresamente; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas lo garantiza; la Conferencia Internacional del Trabajo ha insistido en el reconocimiento de este derecho en sus Estados Miembros y, aunque no exista un Convenio específico de la OIT, ha sido reafirmado en varias resoluciones de conferencias regionales y de comisiones sectoriales de la OIT. Dos órganos instituidos para el control de la aplicación de las normas de la OIT, el Comité de Libertad Sindical y la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, han reconocido en numerosas ocasiones el derecho de huelga como derecho fundamental de los trabajadores y de sus organizaciones.

En nuestro país, y durante más de treinta y cinco años, los trabajadores hemos venido ejerciendo democrática y constitucionalmente este derecho de titularidad individual pero de ejercicio colectivo.
Ahora está siendo cuestionado por las autoridades públicas como se infiere de las múltiples causas y actuaciones penales desarrolladas contra los trabajadores que participaron legítimamente en las huelgas convocadas por las organizaciones sindicales más representativas contra las reformas laborales, por supuestas actividades delictivas durante el desarrollo de las mismas.

Por supuesto, no se trata de defender posibles extralimitaciones en el ejercicio del derecho de huelga; en todo caso, como se viene pronunciando el citado Comité de Libertad Sindical, cualquier sanción impuesta por actividades ilegítimas relacionadas con huelgas debería ser proporcional al delito o falta cometida, y las autoridades deberían excluir el recurso a medidas de encarcelamiento contra quienes organizan o participan en una huelga pacífica. Tales medidas comportan graves riesgos de abuso y serias amenazas a la libertad sindical.

Numerosas acusaciones e imputaciones, con peticiones de cárcel, dirigidas contra el movimiento sindical, sus responsables y militantes, por el ejercicio legítimo y constitucional del derecho de huelga ¿que, no olvidemos, implica el derecho a requerir de otros la adhesión a la huelga y a participar, dentro del marco legal, en acciones conjuntas dirigidas a tal fin¿ responden a una forma de gobernar caracterizada por la restricción de los derechos y libertades básicas ciudadanas, esas que conforman nuestro modelo de convivencia y el Estado Social y Democrático de Derecho que regula la Constitución.

La persecución de la libertad sindical se une a otras iniciativas desarrolladas para cercenar libertades públicas y limitar derechos como las últimas reformas legales en materia del Código Penal o de seguridad ciudadana o las que niegan la gratuidad en el acceso a la Justicia.

No es posible permanecer callado o mostrarse impasible ante ese intento de deslegitimar las respuestas laborales a las reformas injustas impuestas por el poder político, de condicionar en el futuro el desarrollo de estas huelgas, cuando no de fundamentar hipotéticas reformas laborales lesivas o perjudiciales para los trabajadores, en una muestra más de retroceso democrático. Las limitaciones de los derechos sindicales fundamentales además de provocar un grave desequilibrio en las relaciones laborales frustran los avances en las condiciones de trabajo y en el bienestar de la sociedad.

Está en juego un ¿instrumento de presión que la experiencia secular ha mostrado ser necesario para la afirmación de los intereses de los trabajadores en los conflictos socioeconómicos, conflictos que el Estado social no puede excluir, pero a los que sí puede, y debe proporcionar los adecuados cauces institucionales; lo es también con el derecho reconocido a los sindicatos en el artículo 7.º de la Constitución, ya que un sindicato sin derecho al ejercicio de la huelga quedaría, en una sociedad democrática, vaciado prácticamente de contenido, y lo es, en fin, con la promoción de las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y grupos sociales sean reales y efectivas como ha declarado nuestro Tribunal Constitucional.

Los firmantes de este manifiesto consideramos inaceptable el ataque continuado a nuestros derechos constitucionales, y de manera singular, la intervención de los poderes públicos contra la libertad sindical, lo que supone que cerca de 200 sindicalistas estén hoy afectados por procedimientos administrativos y penales tras participar en la convocatoria, extensión y organización de huelgas generales.


Queremos seguir ejerciéndolos libremente.

Si quieres apoyar la campaña, hazlo firmando este manifiesto:

UGT

TU SINDICATO, QUE DEFIENDE TUS DERECHOS Y LUCHA POR TI